BASES DEL SORTEO

ORGANIZADOR DE LA PROMOCIÓN Y SORTEO

D. Joaquín Gago Domínguez, con DNI 71030518 D, en representación de la mercantil JGAGO CAPITAL, S.L. con CIF B10518058, y con domicilio en el Paseo de la Castellana, 140 -7º A de MADRID – España, que en lo sucesivo actuará como “el organizador”

OBJETO DE LA PROMOCIÓN Y ENTIDADES ORGANIZADORAS

El objeto de esta Promoción es captar el mayor número de seguidores en las redes sociales (Instagram, Telegram) de Christian Vidal Rojo (imagen del sorteo y principal colaborador de “el organizador”) pudiendo participar, aquellos que cumplan con los términos y condiciones previstos en estas Bases Legales y recogidas en la página web https://pronosticosdiarios.com/bases-sorteo/

2.- ÁMBITO GEOGRÁFICO DE LA PROMOCIÓN

El ámbito geográfico de esta promoción es toda España.

3.- FECHA SORTEO

El sorteo se efectuará ante Notario, el 19 de mayo de 2025 a las 12.00 h (península), pudiendo variar por razones ajenas al colaborador y organizador.

4.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN

Participarán en el sorteo, objeto de la presente Promoción (en adelante, “el sorteo”), todas las personas, mayores de edad, que cumplan con los términos y condiciones previstos en estas Bases Legales, siendo de carácter imprescindible cumplir con los siguientes requisitos:

  1. El usuario deberá unirse y ser miembro de la comunidad de Telegram de Christian Vidal, conocido como “APUESTA DIARIA”.
  2. Los usuarios que se unan al canal “APUESTA DIARIA” durante el periodo en que el sorteo este activo, obtendrán una (1) participación.
  3. Los usuarios que se unan al canal o canales de “RETO” mientras el sorteo esté activo, obtendrán participaciones conforme a las siguientes condiciones:
    1. Si en ese momento ya son miembros del canal APUESTA DIARIA, se les otorgarán diez (10) participaciones adicionales por cada nuevo grupo adicional de reto en el que entre.
    2. En caso de no haber recibido previamente la participación correspondiente por parte de “APUESTA DIARIA” por estar ya en la comunidad de manera inactiva antes del inicio del sorteo, pero deciden participar en el canal “RETO”, se les asignarán once (11) participaciones en total. Añadiendo diez participaciones extra por cada nuevo canal de “RETO” adicional que entren mientras el sorteo esté activo.
    3. Si en ese momento no son miembros del canal “APUESTA DIARIA”, no se les otorgará ninguna participación. Se les notificará que, para participar, deben unirse al canal “APUESTA DIARIA”. Si posteriormente se unen, se les otorgarán once (11) participaciones (una (1) por “APUESTA DIARIA” y diez por canal “RETO”).
    4. Los usuarios que ya fueran miembros del canal “APUESTA DIARIA” con anterioridad al inicio del sorteo no obtendrán participación alguna por dicha condición.
    5. Los usuarios que ya sean miembros del canal “APUESTA DIARIA” y se unan al canal o canales de “RETO” durante el periodo del sorteo, recibirán once (11) participaciones (una (1) por “APUESTA DIARIA” y diez por el canal “RETO”). Pudiendo aumentar diez (10) participaciones extra por cada nuevo canal de “RETO” que se pueda crear durante la duración del sorteo.
    6. Si un usuario que haya recibido una o más participaciones abandona el canal “APUESTA DIARIA” en cualquier momento mientras el sorteo se encuentre activo, todas sus participaciones serán eliminadas, quedando automáticamente fuera del sorteo. Dicha circunstancia será notificada al usuario afectado qué, si decide volver a entrar, solo contará con una participación, la de pertenecer al canal “APUESTA DIARIA”.
    7. Será Requisito imprescindible para participar y optar a cualquiera de los premios, objeto de este sorteo, que los participantes permanezcan dentro de la comunidad de Telegram “APUESTA DIARIA” por un periodo mínimo de treinta(30) días posteriores a la fecha de la celebración del sorteo ante Notario, de fecha 15 de mayo de 2025, siendo este el único medio para establecer la vía de contacto poder hacer entrega de los premios.
  4. Seguir en Instagram a @toretevidal será algo opcional para los participantes.

5.- PREMIOS

Se sortearán tres premios, no pudiendo bajo ningún concepto, obtener un mismo participante más de un premio.

Los premios serán catalogados como; primer premio, segundo premio y tercer premio

  • PRIMER PREMIO: Un (1) vehículo marca AUDI, modelo R8 4.2, con matrícula, 3532 MXL
  • SEGUNDO PREMIO: Un (1) vehículo, marca Volkswagen, modelo GOLF GTI 6 2.0 TSI, con matrícula, 6769 HFN
  • TERCER PREMIO: Un (1) vehículo, marca SEAT, modelo IBIZA CUPRA 1.4 TSI, con matrícula, 4719 MLW

El premio es el descrito en las presentes Bases Legales, sin opción a cambios de color, equipamiento u otras características del vehículo, y no podrá canjearse, en ningún caso, por su valor en metálico ni por cualquier otro premio. La renuncia al Premio por parte del Ganador no da derecho a compensación alguna y el Premio o el derecho a su obtención es intransferible. El premio incluirá los gastos de gestoría para poner el coche a nombre del Ganador de la Promoción y el impuesto de circulación. Todos los demás gastos e impuestos serán por cuenta del Ganador.

6.- SORTEO.

El sorteo tendrá comienzo a las 00:01 h. del día 15 de abril de 2025, finalizando el 18 de mayo a las 23:59 h. (península)

Una vez terminado el Periodo de promoción, se procederá a realizar el Sorteo del Premio. El Sorteo se celebrará el día 19 de mayo de 2025, a las 12:00 h. (península) ante notario. Si por causas ajenas a la voluntad de “el organizador”, no pudiera celebrarse el Sorteo en la fecha prevista, este se suspenderá y pasará a realizarse en la fecha laborable (no sábado) inmediatamente posterior, una vez subsanado el problema que hubiese impedido la realización del sorteo, en cuyo caso “el organizador” lo publicará a través de las redes sociales de Christian Vidal Rojo (@toretevidal)

En presencia del Notario, se procederá a elegir en directo, al azar, a los tres ganadores y a dos suplentes por cada uno de los ganadores. La metodología seguirá el siguiente proceso:

Elección al azar mediante un algoritmo informático programado que se activará al pulsar un botón. Esta acción anunciará a cada uno de los ganadores y sus suplentes. Cada vez que se pulse el botón, el programa elegirá un nuevo ganador. En total se elegirán tres ganadores y seis suplentes, elegidos por orden de salida.

Una vez realizado el Sorteo, “el organizador” a través de Christian Vidal Rojo, contactará con el/ la Ganador/a mediante llamada telefónicamente al número de teléfono indicado a “el organizador”. Las llamadas telefónicas se realizarán en tres (3) ocasiones. En la llamada telefónica se le comunicará su condición de Ganador del Sorteo de la Promoción, se describirá el Premio y se solicitará su aceptación expresa del Premio. Adicionalmente, teniendo en consideración las especiales características del Premio, en la llamada telefónica se solicitará al Ganador una dirección de correo electrónico o de correo postal completa a la que “el organizador” enviará, a modo enunciativo y no exhaustivo, la siguiente información y documentación y petición de información y documentación:- Carta de aceptación del Premio, para su devolución firmada por parte del Ganador.- Petición de la documentación necesaria para la trasmisión de la propiedad del vehículo y liquidación de los impuestos y gastos oportunos.- Copia del D.N.I- Otra documentación que se estime necesaria para realizar los trámites para la efectiva transmisión del vehículo.- Dirección postal completa a la que el Ganador debe enviar la documentación e información solicitada. Si en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde la recepción por parte del Ganador de la carta o correo electrónico de petición de información/ documentación, “el organizador” no recibiese toda la documentación e información solicitada en la dirección y plazo indicado, se entenderá que el Ganador renuncia al Premio, perdiendo todos los derechos sobre el mismo, aun cuando lo hubiese aceptado en la llamada telefónica, salvo que el Ganador y “el organizador” hubiesen acordado de mutua acuerdo la extensión del plazo para poder facilitar la documentación requerida. En el supuesto de que “el organizador” no consiguiese contactar con el Ganador telefónicamente según lo indicado más arriba o el Ganador no procediese a enviar la documentación e información solicitada en los plazos y dirección indicados, “el organizador” procederá a contactar con el primero de los Suplentes en estricto orden de elección mediante el mismo procedimiento y de no tener éxito, lo hará con el segundo. En caso de que el Ganador no aceptara el Premio y si lo hiciera uno de los Suplentes, se considerará a dicho Suplente como el Ganador a efecto de estas Bases Legales. En caso de que procediendo de la forma indicada no fuese aceptado el premio por el Ganador, ni por ninguno de los suplentes, el Sorteo quedará desierto. “el organizador” se pondrá en contacto con el Ganador una vez que el vehículo esté disponible para su entrega y acordará el lugar y el modo de entrega del mismo. La entrega se realizará exclusivamente en territorio español. La entrega efectiva del Premio por parte de “el organizador” quedará condicionada a que el Ganador cumpla con las condiciones especificadas en las presentes Bases Legales a la veracidad de los datos facilitados a “el organizador”. El Premio se entregará en el plazo máximo de dos (2) meses a contar desde la fecha en que el Ganador haya facilitado la documentación e información indicada por “el organizador” necesaria para tramitación y realización de todos los trámites oportunos para la transmisión de la propiedad del vehículo. “el organizador” no se hacen responsables de los posibles errores en los datos facilitados para la entrega del Premio que el propio Ganador pudiera facilitar.

A los efectos de las presentes Bases Legales se entenderá por días hábiles todos los días naturales a excepción de los sábados y los domingos, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la Comunidad Autónoma en la que resida el Ganador y en la Comunidad Autónoma en la que se encuentra el domicilio social de “el organizador”.

7.- DIFUSIÓN DEL NOMBRE O IMAGEN DEL GANADOR

El Ganador, como consecuencia de la aceptación de las presentes Bases Legales, autoriza expresamente a “el organizador”, a utilizar su nombre, apellidos e imagen a nivel nacional, bien en prensa escrita, bien en publicaciones promocionales escritas de las referidas entidades, o bien en el ámbito de Internet, tanto en páginas web de las indicadas entidades como en medios de comunicación por Internet, para la realización de una actividad publicitaria, promocional o de marketing exclusivamente relacionada con la Promoción. Adicionalmente el Ganador autoriza a “el organizador” o a quien éste designe al efecto, realicen videos y fotos de la entrega del Premio que posteriormente podrán ser utilizados por “el organizador” cediendo cuantos derechos de imagen puedan ser necesarios para la explotación de dichas imágenes y grabaciones, permitiendo así su reproducción, comunicación o publicación para la realización de una actividad publicitaria, promocional o de marketing exclusivamente relacionada con la Promoción. No existirá compensación económica de ninguna clase para el Ganador por la publicación de su nombre, apellido y/o imagen o por la reproducción, comunicación o publicación de los videos o fotos, con excepción del Premio.

8.- CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL

  1. Tal y como se ha indicado, la participación de esta promoción es gratuita, no implicando un incremento de los honorarios.
  2. El Premio, en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración, compensación o canje a petición del Ganador.

  3. “el organizador” se reserva el derecho a comunicar el nombre y apellidos del Ganador y Suplentes en su página web y cualesquiera otras redes sociales (esencialmente, a efectos de que todos los participantes sean conocedores de la identidad de los/las ganadores/as y suplentes de la promoción), sin que por ello tenga derecho a pago o contraprestación alguna. La aceptación de la Bases Legales conllevara que el Ganador y los Suplentes autorizan expresamente lo indicado en el párrafo anterior.
  4. “el organizador” queda eximida de toda obligación o compensación para el caso de que, por causa de fuerza mayor, fraudes detectados, errores técnicos, cualquier otro motivo que no esté bajo el control de esta, y que afecte al normal desarrollo de la misma o por imperativo legal, hubiera de ser anulada o suspendida la presente promoción, situación que se pondría convenientemente en conocimiento público.
  5. “el organizador” no se hace responsable de las incidencias y sucesos de todo orden ( entre otros, imposibilidad de registrar los datos de algún participante, interrupción o perdida de conexión) que sean provocadas por una avería informática debido a supuestos constitutivos de fuerza mayor; ni tampoco de las incidencias que tengan su origen en supuestos de fuerza mayor derivados de causas tales como una avería en la red telefónica, informática, eléctrica, provocadas por agentes externos naturales (atmosféricos, climatológicos) o bien por una deficiente prestación del servicio por parte de las compañías encargadas de ello.
  6. “el organizador” se reserva el derecho a efectuar cambios en las Bases Legales que redunden en el buen fin de la presente Promoción, así como a prorrogarla, acortarla y cancelarla cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarla a término en la forma en que recogen las presentes Bases Legales, en cuyo caso “el organizador” lo publicará en su web y a través de las redes sociales de Christian Vidal.

9.- INFORMACIÓN FISCAL

De acuerdo con lo establecido en la normativa fiscal aplicable, el Premio constituye un premio en especie para el Ganador a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), siendo, a estos efectos, una ganancia patrimonial. En este sentido, “el organizador”, efectuará el correspondiente ingreso a cuenta no repercutido, con lo que, de acuerdo con la normativa fiscal aplicable, el Ganador deberá integrar en la base imponible de su Declaración Anual del IRPF el importe correspondiente a la suma del valor de mercado del Premio más el respectivo ingreso a cuenta no repercutido. “el organizador” expedirá y enviará al Ganador, en caso de proceder por exigencias legales, un certificado con los datos correspondientes al Premio, así como certificación acreditativa del ingreso a cuenta practicado. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas, el Ganador deberá firmar un escrito justificativo de la recepción del Premio al recibir el mismo y entregar copia de su DNI a “el organizador”. En caso contrario perdería su derecho al Premio. La cumplimentación de los datos personales y fiscales del Ganador necesarios para la entrega del Premio tienen carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquier de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al Premio obtenido. Cualesquiera otras repercusiones fiscales derivadas del Premio objeto de la presente Promoción serán por cuenta del Ganador.

10.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

“el organizador” tratará los datos identificativos de los/ las ganadores/as con la finalidad de gestionar la presente promoción y a efectos de proceder a la entrega de premios.

11.- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD, RESERVAS Y LIMITACIONES

1.- Una vez entregado el Premio, “el organizador” no se hacen responsable del uso o disfrute del mismo ni de las incidencias, daños, defectos, averías o mal funcionamiento del Premio o que éste pudieran causar. Además, el ganador es conocedor de que el vehículo es de segunda mano, eximiendo a “el organizador” de toda responsabilidad por las averías que le pudieran surgir desde el mismo momento de la entrega, incluyendo en esa eximición, cualquier garantia legal a la que pudiera tener derecho.

2.- Todos los gastos en los que pudieran incurrir los participantes con motivo de la participación en la Promoción, correrán a cuenta exclusivamente de estos. Igualmente, correrán a cargo del participante Ganador todos los gastos extra en los que el Ganador pueda incurrir por la entrega y uso o disfrute del Premio.

3.- Asimismo, “el organizador” no se responsabiliza: * De los servicios que terceras empresas deban prestar al Ganador con el Premio de la presenta Promoción. * Del retraso del ganador en

la retirada del Premio según las instrucciones proporcionadas y de los gastos adicionales motivados por la demora o negligencia por parte del Ganador. * De los fallos o incidencias en los sistemas de telecomunicaciones, que impidan acceder u operar en la página web de la promoción con normalidad * De cualquier responsabilidad por daños o perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de las redes de telecomunicaciones.

4.- Se recomienda encarecidamente al Ganador que tome las precauciones debidas, que obtengan el seguro obligatorio del vehículo y que disponga de carné de conducir vigente. En cualquier caso, “el organizador” no asumirá responsabilidad alguna por falta de seguro del vehículo o de la documentación anteriormente requerida.

12.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES LEGALES

  1. El mero hecho de participar en la Promoción de las presentes Bases Legales implica la aceptación integra de las mismas y el criterio de “el organizador” en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la presente Promoción.
  2. En el supuesto de que alguno de los participantes manifieste su negativa a aceptar las presentes Bases Legales, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de la Promoción, quedando “el organizador” totalmente liberada del cumplimiento de cualquier obligación contraída con dicho participante. 3.- Los participantes aceptan cumplir y acatar las Bases Legales de la presente Promoción. El incumplimiento total o parcial de las Bases Legales por parte de alguno de los participantes dará lugar a la exclusión inmediata de su participación en el Sorteo.
  3. “el organizador” se reserva el derecho a excluir de la participación en la Promoción a todos aquellos participantes que, estime, están incumpliendo cualquier condición de participación incluida en las presentes Bases Legales. La exclusión de un participante, cualquiera que sea la causa, conlleva la perdida de todos los derechos derivados de su condición como tal.
  4. Cualquier utilización abusiva o fraudulenta de estas Bases Legales dará lugar a la consiguiente descalificación del participante en la Promoción.
  5. “el organizador” queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados, en su caso, por el propio Ganador que impidiera su identificación.
  6. Las presentes Bases Legales están disponibles en web w

    ww.pronosticosdiarios.com

  7. Se podrá solicitar al Ganador de la Promoción un documento firmado aceptando todos los términos y condiciones de estas Bases Legales.
  8. El periodo de reclamación de cualquier problema o eventualidad relacionado con la presente Promoción finalizará transcurrido un (1) mes desde su finalización.
  9. Estas Bases Legales se interpretarán conforme a la Ley Española. Para todos los conflictos que se susciten en aplicación a las presentes Bases Legales y en caso de divergencia relativa a la interpretación, cumplimiento y ejecución de las mismas, “el organizador” y los participantes quedaran sometidos a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales que legalmente le correspondan.

15 de abril de 2025